Hace 45 años, fue un éxito sin precedentes que una Constitución dedicara un artículo exclusivo a las personas con discapacidad. Muchos textos constitucionales en el mundo no mencionan a este colectivo y el español sí. Pero hace casi 20 años el movimiento cívico de la discapacidad comenzó a advertir de que el artículo 49 se había quedado «obsoleto» al incluir el término ‘disminuido’ para referirse al colectivo, una «terminología hiriente y ofensiva», que se ha quedado tan anticuada como otros términos despectivos usados en el pasado.
